Fecha. |
Procedencia. |
Destinatario. |
Contenido. |
Firmado y sellado. |
Junta directiva de la Sociedad de Oficios y Profesiones Varias (S.O.P.V.) | Alcalde - Presidente. | Solicitud de conceder a precario terreno cuarenta metros lineales en la calle de la Fuente, guardando línea de la calle Mayor para un edificio a fines benéfico-culturales. |
Firmado y sellado. |
Certificado del Secretario del Ayuntamiento del acta del 19 de febrero donde se leyó la solicitud por parte de la S.O.P.V. de un terreno para construir un edificio social. |
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Firmado y sellado. |
Alcalde - Presidente. | Ministro de Hacienda. | Solicitud de autorización de enajenación del terreno a su vez solicitado por la S.O.P.V. para construir un edificio titulado Casa del Pueblo. |
1932 marzo 15. | Alcalde - Presidente. | Gobernador Civil de la provincia. | Remisión de documentación para que a su vez sea remitido al Ministro de Hacienda. |
Firmado. |
Gobernador Civil de la provincia. | Alcalde. | Relación de requisitos que debe contener el expediente según lo dispuesto en la R.O. de 18 de junio de 1930. |
Firmado y sellado. |
Certificación de que ha sido expuesto en el Boletín Oficial de la provincia Nº 84 correspondiente al día 9 de abril de 1932, por término de quince días el acuerdo de 19 de febrero sobre enajenación de una parcela en la calle dela Fuente para la construcción de una Casa del Pueblo. |
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Firmado. |
Tasación por peritos nombrados por el Ayuntamiento del terreno para la S.O.P.V a ocho pesetas el metro cuadrado. | ||
Firmado y sellado. |
Tasación por peritos del terreno para la S.O.P.V. en dos mil cuatrocientas pesetas. | ||
Firmado y sellado. |
Administración de Rentas Públicas de la Provincia de Burgos.Negociado de Propiedades. | Alcalde. | Obligación de cumplir con los trámites a la conformidad del Ministro de Hacienda, establecidos en la regla 3º de la Real Orden de 18 de junio de 1930. |
Firmado y sellado. |
Alcalde - Presidente. | Ministro de la Gobernación. | Solicitud de autorización para enajenar una parcela de terreno sobrante en la vía pública. |
Firmado. |
Gobernador Civil de la provincia. | Alcalde. | Obligación de satisfacer al Estado el 20% sobre el importe de la venta, de acuerdo con el Ministerio de Hacienda. |
1936 noviembre 9.
Documento 1. Documento 2. |
Alcalde. | Teniente Coronel Juez Instructor Militar de la 6ª División. | Exposición de lo siguiente: Solicitud: |
1936 noviembre 11. Documento 1. Documento 2. |
Alcalde - Presidente. | Juez de 1ª Instancia de Instrucción de este Partido. | Exposición: Solicitud de suspender el procedimiento de enajenación,o en otro caso, reservar la cantidad de mil trescientas pesetas. |
1937 enero 25.
Documento 1. Documento 2. |
Certificación del Secretario del Ayuntamiento y de la Junta Pericial del Catastro rústico y urbano de que ninguna de las agrupaciones, organizaciones o partidos a que se refiere la Orden de la Presidencia de la Junta Técnica del Estado con fecha de 10 de enero de 1937 aparece con riqueza alguna amarillada a su nombre. Certificación de que el Ayuntamiento cedió por escritura pública un terreno situado en la calle la Fuente para la construcción de un edificio titulado Casa del Pueblo, pero que aún no ha sido amarillado a nombre de la S.O.P.V., que fue adquiriente y aún no terminado, del cual se ha incautado el Juzgado Militar Eventual de la 6ª División. |
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1937 enero 30.
Documento 1. Documento 2. |
Alcalde - Presidente. | Presidente de la Comisión Administradora de los bienes incautados por el Estado. | Exposición: - Venta de un terrreno del Ayuntamiento para la S.O.P.V por una tasación parcial de dos mil cuatrocientas pesetas, de las cuales se ingresaron trescientas pesetas, con la reserva que si el edificio que se iba a construir en el terreno vendido pasara a una persona particular, éste se vería obligado a pagar al Ayuntamiento dos mil cien pesetas. Y cuando el edificio fuese acabado se entregara al Ayuntamiento una gratificación de doscientas pesetas. - Que si se procediese a subasta con motivo de la incautación del terreno, se solicitó al Juzgado Militar eventual una carga a favor del Ayuntamiento de 2.300 pesetas, justificado en en las condiciones de compra venta. - Promulgación del Decreto-Ley de 10 de Anero de 1937 y apoyándose en el articulo 11 del mismo. Suplica: - Reclamación del Juzgado de Instrucción de Villadiego todo lo actuado y se reserve a este Ayuntamiento dos mil trescientas pesetas o en caso contrario, se restituyan por el Estado; y en caso de venta se haga constar la carga que pesa sobre el mismo. |
1937 junio 15. Firmado y sellado. |
Acta de incautación y ocupación de los bienes pertenecientes a la S.O.P.V. de Villadiego. Presentes: Alcalde, Secretario y Secretario del Juzgado de Instrucción. |
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1937 julio 3. | Alcalde - Presidente. | Presidente dela Comisión Administradora de los bienes incautados por el Estado. | Exposición: Suplica: |
Firmado. |
Comisión de Incautación de bienes. Provincia de Burgos. | Alcalde - Presidente | Respuesta de la Comisión Administradora de Bienes Incautados por el Estado: La Junta Técnica del Estado ha desestimado la reclamación de la solicitud de dos mil trescientas pesetas. |
Firmado y sellado. |
Comisión Central Administrador de Bienes Incautados por el Estado. | Alcalde. | Solicitud de la Jefatura Provincial del Servicio Nacional de Trigo a la Comisión Central con carácter de urgencia del local de la Casa del Pueblo para no paralizar el servicio de compra de trigo. Autorización para que la Alcaldía entregue provisionalmente las llaves del edificio al jefe Comarcal hasta que se resuelva definitivamente. |
Firmado y sellado. |
Delegado Síndical Provincial. | Comunicación de cumplimiento en los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley de 23 de septiembre de 1939, sobre adjudicación de bienes de los Sindicatos marxistas a los Sindicatos Nacionales publicado en el Boletín de fecha 22 de diciembre de 1940, rogando a Ud. (¿Alcalde?) sirva manifestar a la mayor brevedad si existen en esa demarcación y en poder de ese Organismo o con conocimiento bienes o derechos pertenecientes a Organizaciones marxistas, anarquistas o separatistas, o a las agrupaciones de carácter obrerista vinculadas o agrupadas en las citadas organizaciones. Proceder en caso afirmativo a la entrega inmediata de tales bienes a ésta Delegación Sindical Provincial previa formación de inventario. |
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1941 enero 25. (Formato imprenta) Firmado y sellado. |
Gobernador Civil de la Provincia. Secretaría de Orden Público. |
Alcalde de ese Ayuntamiento. | Comunicación de por recabarlo la Delegación Sindical Provincial y en cumplimiento en los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley de 23 de septiembre de 1939, sobre adjudicación de bienes de los Sindicatos marxistas a los Sindicatos Nacionales publicado en el Boletín de fecha 22 de diciembre de 1940, rogando a Ud. (¿Alcalde?) sirva manifestar a la mayor brevedad si existen en esa localidad, o en poder de ese Auntamiento, existen bienes o derechos pertenecientes a Organizaciones sindicales marxistas, anarquistas o separatistas, o a las agrupaciones de carácter obrerista vinculadas o agrupadas en las citadas organizaciones. Envío en caso positivo a la "Secretaría de Orden Público" el correspondiente acuse de recibo de la presente comunicación y adjuntar un inventario de los inmuebles, bienes afectos, que existieren en esa demarcación en las condiciones apuntadas, los cuales quedarán a disposición del Gobernador Civil. |
1941 febrero 4. Documento 1. Documento 2. |
Alcalde. | Gobernador Civil de la Provincia. Secretaría de Orden Público. |
Procedimiento seguido hasta ahora: Relación de bienes de las organizaciones izquierdistas - Incautación realizada el 15 de junio de 1937 - Recepción del 27 de noviembre de 1937 de hacer entrega de dichos bienes al Servicio Nacional de Trigo que lo destina a Almacenes - Cargas de la compra venta del terreno - Solicitud de abono de cierta cantidad de dinero. |
Firmado y sellado. |
Alcalde - Presidente. | Camarada Delegado Sindical Provincial de Burgos. | Exposición: El edificio se encuentra utilizado por el S.N.T. sin renta alguna desde hace más de 4 años y debido a su exceso de peso sobre su capacidad de construcción se halla apeado y posiblemente en estado ruinoso. Exigencia el pago de la renta correspondiente al tiempo utilizado, con cuyo importe, que a no dudarlo será superior, por la Delegación de Sindicatos a abonar las 2300 pesetas de referencia. |
Firmado y sellado. |
Administrador de Propiedades y Contribución Territorial de la Provincia de Burgos. Negociado de Incautaciones. | Alcalde de Villadiego. | Solicitud urgente de datos a través de un cuestionario con el fin de confeccionar inventario de bienes incautados a Sociedades Izquierdistas. |
1944 junio 23. Borrador |
Alcalde. | Relación de datos adquiridos por la Alcaldía de Villadiego en relación con las circunstancias jurídicas, etc. del edificio dela S.O.P.V. de esta villa (U.G.T.) en cumplimiento del escrito de la Administración de Propiedades y Contribución Territorial de Burgos con fecha de 20 de junio de 1944: Calle, linderos, numeración, superficie, número de plantas, destino y estado de conservación, valor, fecha de incautación, nombre de la persona que ocupa la fina y renta que satisface y circunstancias jurídicas. |
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Firmado y sellado. |
Administración de Propiedad y Contribución Territorial de la Provincia de Burgos. Negociado de Urbana. | Alcalde. | Solicitud por parte de la Junta Pericial de: - Nombre y nº de Padrón de la finda del expediente. |
1946 mayo 17. | Alcalde - Presidente. | Informe de la Junta Pericial del Catastro: Solicitud por parte de la Delegación Nacional de Sindicatos sea puesta a su nombre el edificio de la Casa del Pueblo y se declare la exención de contribuir. |
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