ÁNGEL HIDALGO CABALLERO
Nació en Villadiego el 19 de marzo de 1912. Murió el 28 de diciembre de 1994. Era labrador y tocaba en la banda de música. Fue condenado a 30 años y posteriormente fue conmutada a 6 años. Ingresó en la prisión del Fuerte de San Cristóbal de Pamplona el 4 de mayo 1937. Salió con prisión atenuada el 14 de agosto de 1940.
13 de abril de 1933. En la crónica que se publiica en el Diario con fecha de 11 de abril, se menciona la actuación del cuadro artístico de la Sociedad de Oficios y Profesiones Varias (S.O.P.V.) de la obra "Nobleza Baturra". "De un programa oficial, recogemos el reparto , que es el siguiente:
María del Pilar, Josefa Ruíz, Andrea Teófila Barriuso; La señora Tomasa, Basilia Pérez; La Filo, Patro Ruíz; La señora Toña, Rosario Gutiérrez; La boticaria, Andrea Cibrián; La Pabla, Consuelo Millán; Una moza, Antonia Urbaneja; Sebastián, Emiliano C. Orejón; Marcos, Vidal Calzada; El Padre Juanico; Gaspar Maríán; El señor Eusebio, Santiago Córdoba; Perico, Cipriano Bustamante; Pepico, José Hidalgo; Julián, Teodosio Cruzado; trabajador 1º, Galo Peña; idem 2º, Dionisio Revilla; mozo 1º Vecente Miguel; idem 2º Ángel Hidalgo; alguacil, Antonio Pérez; boticario, Liborio Fuente; el sereno, Ezequiel Millán"
Procedimiento sumarísimo 339/36. 23 de octubre de 1936. Según la sentencia "que en la localidad de Villadiego de esta provincia con ánimo y propósito de coadyuvar al levantamiento producido y en ocasión de conocerse que a dicho pueblo se aproximaba en un automóvil algunas personas de Falange Española y de Acción Popular para unirse en la acción del Ejército, por los elementos afectos al Frente Popular, se abordó a dicho vehículo en el cruce de las carreteras de la entrada de la población, dándole el alto sin lograr su detención, perseguiéndole hasta llegar a la plaza desde donde tirotearon a sus ocupantes sin conseguir empero causar víctimas", (...)
RESULTANDO que en virtud de la prueba practicada resulta que en los anteriores hechos han tomado parte por actos propios los procesados paisanos Urbano Feo Caballero, Ticiano Infante Velasco, Liborio Fuente Ortega, Santos Martínez Castrillo, Cipriano Bustamante Fernández, Hipólito del Val Martínez, Gumersindo Revilla Vallejo, Leovigildo Pérez Villaescusa, Antonio Pérez González, Porfirio Peña López, Gaspar Maríán Fernández, Francisco Revilla Martínez, Timoteo Manjón San Millán, Florencio Arriaga Pérez, Baltasar Rilova Pérez, Victoriano Revilla Martínez, Higinio Miguel Santamaria, Ángel Hidalgo Caballero y Teodoro Peña Alonso; constando que Pascual Córdoba Pampliega intervino así mismo en la organización de aquellos elementos y hasta en la de la agresión pero sin que actuara en la misma..."
CONSIDERANDO que los hechos que se dejan probados, constituyen una manifiesta adhesión por parte de los procesados nombrados en el cuarto resultando de esta sentencia a la rebelión producida contra el Ejército (..)
VISTOS, los artículos 173, 237, 238 y demás aplicación del Código de Justicia Militar, penal ordinario y bandos del 19 y 28 de Julio último, fallamos que debemos condenar y condenamos a la pena de reclusión perpetua a Baltasar Rilova Pérez, Victoriano Revilla Martínez, Higinio Miguel Santamaría, Ángel Hidalgo Caballero, Teodoro Peña Alonso y Pascual Córdoba Pampliega; que debemos absolver y absolvemos con todos los pronunciamientos legales a José Rodríguez Torres; y que debemos condenar y condenamos a la pena de muerte a Urbano Feo Caballero, Ticiano Infante Velasco, Liborio Fuente Ortega, Santos Martínez Castrillo, Cipriano Bustamante Fernández, Hipólito del Val Martínez, Gumersindo Revilla Vallejo, Leovigildo Pérez Villaescusa, Antonio Pérez González, Porfirio Peña López, Gaspar Marián Fernández; Francisco Revilla Martínez, Teimoteo Manjón San Millan y Florencio Arriaga Pérez.
Sirviendo de abono para los penados condenados a pena privativa de llibertad, todo el tiempo de pena sufrida a resultas de esta causa en la que quedan reservadas a favor del Estado, corporaciones particulares dagnificados por la rebelión, las acciones pertinentes contra los bienes de los condenados. (...)
19 de octubre de 1937. La Comisión pronvincial de Incautación de bienes, acuerda instruir expediente de responsabilidad civil por oposición al Movimiento Nacional, a los señores que a continuación se expresan: Urbano Feo Caballero, Baltasar Rilova Pérez, Victoriano Revilla Martínez, Higinio Miguel Santamaria, Ángel Hidalgo Caballero,Teodoro Tena (Peña), Alonso, Pascual Córdoba Pampliega,Ticiano Infante Velasco, Liborio Fuente Ortega, Santos Martínez Castrillo, Cipriano Bustamante Fernández, Hipólito del Val Martínez, Gumersindo Revilla Vallejo, Leovigildo Pérez Villaescusa, Antonio Pérez González, Porfirio Peña López, Gaspar Maríán Fernández, Francisco Revilla Martínez, Timoteo Manjón San Millán, Florencio Arriaga Pérez.